<p style=”text-align: justify;”>El Tribunal Supremo ha condenado a seis meses de prisión a un trabajador por falsificar un parte de baja médica. El trabajador, después de ser diagnosticado con gastroenteritis en junio de 2017, no se presentó a trabajar al día siguiente. El trabajador falsificó un parte de baja para justificar su ausencia y lo envió por correo electrónico a la empresa.</p>
<p style=”text-align: justify;”>El Ministerio Fiscal apeló la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que había absuelto al acusado, y el Tribunal Supremo estimó el recurso, declarando que el acusado cometió un delito de falsedad documental.</p>
<p style=”text-align: justify;”>Aunque los documentos fueron enviados de forma digital y no como originales físicos, el tribunal aclaró que los partes de baja y alta son documentos oficiales generados administrativamente. La falsificación, tratándose de documentos privados, el art. 395 del Código Penal exige que, para constituir delito la falsificación, ha de haberse realizado “para perjudicar a otro”, aunque no causó un perjuicio directo a la Seguridad Social, sí causó un daño económico a la empresa, que pagó por días de baja no justificados.</p>